Nuestra Entidad
| Entidad | Direccion | Codigo Postal | Horario | Telefono | Extension | Jefe de Dependencia | Radicación PQRSD |
| Ministerio de Vivienda | Carrera 6 # 8-77, Bogotá, | 111711 | lunes a viernes, 8:00 a.m. a 4:00 p.m. | 57 601 9142174 | - | Helga Maria Rivas Ardila | Correpondencia |
| Procuraduría Provincial de Pasto | Carrera 24 # 20 - 58, piso 6 | -- | Lunes a Viernes 8-12 y 1-5 | 57 602 5878750 | 24105-24156-24127 | Ana Rocio Suarez Guzman | Sede Electrónica |
| Contraloria Munipal |
Carrera 25 No 18-93 Casa de Don Lorenzo 2do Piso |
- | Lunes a Jueves de 8:00am a 12:00pm - 2:00pm a 6:00pm y Viernes de 8:00am a 4:00pm Jornada Continua | Conmutador: 000-000 | - | Maria Mercedes Tulcan Cabrera | Peticiones-Quejas-Reclamos |
| Defensoria del Pueblo | Carrera 9 No. 16-21 | 110231 | Horario laboral |
57 601 314 40 00 |
- | Iris Marin Ortiz | Registro Unico de Peticiones |
| Personeria Municipal | Calle 20 28-35 Edificio Dora | Lunes a Viernes 8-12 y 1-5 | 57 602-7206868 | - | Kathia Castro Enriquez | ||
| SUIN (sistema único de información normativa de Colombia) |
Ministerio de Justicia y del Derecho Calle 53 No. 13-27 |
- | Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 3:30 p.m. | 57 601 444 31 00 | - | - | |
| SISBEN (sistema de identificacion de potenciales beneficiarios de programas sociales) | Calle 26 # 13-19 - Edificio ENTerritorio / Bogotá D.C., Colombia | 110311 | Lunes a viernes 8:00 a.m. - 4:30 p.m | 57 601 381 5000 | - | - | Correspondencia |
El siguiente procedimiento se establece para recibir y tramitar los requerimientos de Atención del Ciudadano a través de Peticiones, Quejas, Reclamos, Solicitudes, Sugerencias y Denuncias (PQRSD) y demás en INVIPASTO, con el objetivo de lograr una eficiente y eficaz respuesta al servicio solicitado :
PROCEDIMIENTO ADMINISTRACION DE PQRSD
El siguiente formato podrá descargar para registrar sus PQRSD y radicar en INVIPASTO a través de todos los canales habilitados para ello, :
FORMATO PARA REGISTRO DE PQRSD
POLITICA DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES INVIPASTO
El Instituto Municipal de la Reforma Urbana y Vivienda de Pasto, entidad descentralizada adscrita al gobierno municipal elaboró el presente manual de Políticas y Procedimientos para la Protección de Datos Personales, cuyo fin es brindar cuidado a los datos de los ciudadanos, usuarios de éste, especialmente a aquellos de quienes INVIPASTO en desarrollo de sus funciones legales recopila, manipula, y conserva sus datos personales.
Guia que pretende garantizar la protección efectiva de los datos personales durante todo el proceso de tratamiento, es decir su recolección, almacenamiento en listados, registro, uso o divulgación, así mismo establecer el procedimiento por el cual el interesado puede solicitar a la administración el acceso, inclusión, exclusión, corrección, adición, actualización y certificación de sus datos, igualmente la limitación en las posibilidades de divulgación, publicación o cesión de los mismos, de conformidad con los principios que regulan el proceso de administración de datos personales, en pro de los derechos consagrados en los articulos 15 y 20 de la Constitución de 1991.
GLOSARIO
Términos utilizados del contenido en las leyes 1266 de 2008 (1), 1581 de 2012 (2), 1712 de 2014 (3)
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Archivo |
Es el conjunto de documentos, sea cual fuere su fecha, forma y soporte material, acumulados en un proceso natural por una persona o entidad pública o privada, en el transcurso de su gestión, conservados respetando aquel orden para servir como testimonio e información a la persona o institución que los produce y a los ciudadanos, como fuentes de la historia. También se puede entender como la institución que está al servicio de la gestión administrativa, la información, la investigación y la cultura. |
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Autorización |
Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos .personales |
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Aviso de privacidad |
Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales. |
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Base de Datos |
Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento. |
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Datos Abiertos |
Son todos aquellos datos primarios o sin procesar, que se encuentran en formatos estándar e interoperables que facilitan su acceso y reutilización, los cuales están bajo la custodia de las entidades públicas o privadas que cumplen con funciones públicas y que son puestos a disposición de cualquier ciudadano, de forma libre y sin restricciones, con el fin de que terceros puedan reutilizarlos y crear servicios derivados de los mismos. |
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Dato personal |
Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. |
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Dato privado |
Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada sólo es relevante para el titular. |
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Dato público |
Es el dato calificado como tal según los mandatos de la ley o de la Constitución Política y todos aquellos que no sean semiprivados o privados. Son públicos, entre otros, los datos contenidos en documentos públicos, sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidos a reserva y los relativos al estado civil de las personas. |
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Dato semiprivado |
Es semiprivado el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general, como el dato financiero y crediticio de actividad comercial o de servicios a que se refiere el Título IV de la Ley 1261 de 2008. |
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Datos sensibles |
Son aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. |
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Documento de archivo |
Es el registro de información producida o recibida por una entidad pública o privada en razón de sus actividades o funciones. |
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Documento en construcción |
No será considerada información pública aquella información preliminar y no definitiva, propia del proceso deliberatorio de un sujeto obligado en su calidad de tal. |
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Encargado del Tratamiento |
Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del Tratamiento |
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Gestión documental |
Es el conjunto de actividades administrativas y técnicas tendientes a la planificación, procesamiento, manejo y organización de la documentación producida y recibida por los sujetos obligados, desde su origen hasta su destino final, con el objeto de facilitar su utilización y conservación. |
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Información |
Se refiere a un conjunto organizado de datos contenido en cualquier documento que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o controlen. |
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Información pública |
Es toda información que un sujeto obligado genere, obtenga, adquiera, o controle en su calidad de tal. |
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Información pública clasificada |
Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado, siempre que se trate de las circunstancias legítimas y necesarias y los derechos particulares o privados consagrados en el artículo 18 de la Ley 1712 de 2014. |
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Información pública reservada |
Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por daño a intereses públicos y bajo cumplimiento de la totalidad de los requisitos consagrados en el artículo 19 de la Ley 1712 de 2014. |
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Publicar o divulgar |
Significa poner a disposición en una forma de acceso general a los miembros del público e incluye la impresión, emisión y las formas electrónicas de difusión. |
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Responsable del Tratamiento |
Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos. |
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Sujetos obligados |
Se refiere a cualquier persona natural o jurídica, pública o privada incluida en el articulo 5º de la Ley 1712 de 2014. |
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Titular |
Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento. |
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Tratamiento |
Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión. |
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(1): Regula manejo de información contenida en listas o base de datos personales y se dictan otras disposiciones. (2): Dicta disposiciones generales para la protección de datos personales. (3): Transparencia y acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones. |
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PRINCIPIOS
Amparada en las leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, el presente documento se rige por los siguientes principios :
- LEGALIDAD EN TRATAMIENTO DE DATOS: Actividad reglada que se ajusta a lo establecido en ella y demás disposiciones que la desarrollen.
- FINALIDAD: Obedece a un fin legítimo de acuerdo a la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al titular.
- LIBERTAD: Se ejerce el tratamiento de los datos con el consentimiento previo, expreso e informado del titular de la información; datos que no pueden ser divulgados sin previa autorización o en ausencia del mandato legal o judicial que releve la voluntad.
- VERACIDAD O CALIDAD: Información veraz, completa, actualizada, comprobable y comprensible. Prohibiéndose el tratamiento de información parcial, incompleta, fraccionada o que induzca a errores.
- ACCESO Y CIRCULACION RESTRINGIDA: Sujeción a límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales de las disposiciones de la presente ley y la Constitución, siendo el tratamiento solo por personas autorizadas por el titular y/o por las personas previstas en la norma. Esta información no podrá estar disponible en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, a no ser de que sea pública y que el acceso sea técnicamente controlable que permita un conocimiento restringido solo a los titulares o terceros autorizados conforme al presente documento.
- SEGURIDAD: El responsable del tratamiento o encargado del tratamiento de la información deberá manejar los datos con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando adulteración, pérdida, consulta, uso, acceso no autorizado o fraudulento.
- CONFIDENCIALIDAD: Las personas involucradas en el Tratamiento de Datos Personales que no tengan la naturaleza de públicos están comprometidas y obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación laboral que comprenda el manejo, pudiendo únicamente realizar suministro o comunicación de datos personales cuando haga referencia al desarrollo de actividades autorizadas en la presente norma y en los términos de la misma.
- TRANSPARENCIA: La información en poder de sujetos obligados definidas en el presente documento se presume PUBLICA, por lo tanto dichos sujetos están en el deber de proporcionar y facilitar el acceso a la misma, en los términos más amplios, y a través de los medios y procedimientos que al efecto establezca la ley, excluyendo aquello que esté sujeto a excepciones constitucionales, legales y bajo el cumplimiento de requisitos establecidos en esta norma.
- BUENA FE: El acceso a la información pública se hará por todo sujeto obligado con motivación honesta, leal y desprovista de cualquier intención dolosa o culposa.
- FACILITACION: Se espera que los sujetos obligados faciliten el acceso del derecho de acceso a la información pública, excluyendo exigencias y requisitos que puedan obstruir o impedir dicho acceso.
- NO DISCRIMINACION: La entrega de información a todas las personas que la soliciten, debe darse en igualdad de condiciones sin hacer distinciones arbitrarias y sin exigir expresión de causa o motivación para la solicitud.
- GRATUIDAD: El acceso a la información pública es gratuito y no se podrá cobrar valores adicionales al costo de reproducción de la información.
- CELERIDAD: Buscando agilidad en el trámite y la gestión administrativa por parte de los funcionarios y entidades públicas.
- EFICACIA: Logro de resultados mínimos en relación con las responsabilidades confiadas a las entidades gubernamentales, con miras al cumplimiento de derechos colectivos e individuales.
- CALIDAD: Información oportuna, objetiva, veraz, completa, reutilizable, procesable y estar disponible en formatos accesibles para solicitantes e interesados en ella, teniendo en cuenta procedimientos de gestión documental de la entidad.
- DIVULGACION PROACTIVA: Capacidad de promover y generar una cultura de transparencia en la divulgación de documentos y archivos que plasmen la actividad gubernamental y de interés público de forma rutinaria y proactiva, actualizada, accesible, comprensible, atendiendo a límites razonables de talento humano, físicos y financieros.
- RESPONSABILIDAD: Las personas que hagan uso de la información que proporcionen los sujetos obligados, lo hará atendiendo a la misma.
CREACION DE BASES DE DATOS
Cada Subdirección de INVIPASTO que para el desarrollo de sus funciones misionales o de apoyo a la gestión requiera la organización de listados de datos personales, deberá indicar cuál es la finalidad de su creación y su relación con la misión de la entidad.
Los listados o bases de datos deben estar clasificadas de acuerdo a la Ley 1581 de 2012.
Archivo Central hará las veces de responsable del Tratamiento sobre las bases de Datos, para lo cual cada oficina tiene la obligación de remitirle las bases de datos clasificadas para su debida aprobación y designar al titular de archivo encargado del tratamiento de la información al interior de Archivo, quien deberá garantizar la conservación de la información bajo las condiciones de seguridad necesaria para impedir adulteración, pérdida, consulta, uso, o acceso no autorizado o fraudulento.
TRATAMIENTO
El área de archivo en su calidad de RESPONSABLE de las bases de datos en INVIPASTO, tendrá a su cargo adoptar las decisiones en materia de tratamiento de datos personales, definir la finalidad y la forma en que se recolecta, almacena, circula y administra la información.
El encargado de cada subdirección será quien garantice el diligenciamiento, custodia y autorización emitida por el titular donde se manifieste el consentimiento de uso de dichos datos, excepto en los casos siguientes (ley 1581 de 2012).
- Datos requeridos por funciones legales o por orden judicial.
- Datos de naturaleza pública.
- Eventos de urgencia sanitaria o médica.
- Tratamiento de información autorizada para fines, históricos, estadísticos o científicos.
- Información relacionada con el registro civil personal
DERECHOS DEL TITULAR DE LA INFORMACION
- Conocer, actualizar y rectificar los datos que del titular reposen al interior de INVIPASTO, en lo que refiere a la información parcial, inexacta, incompleta, fraccionada que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento haya sido prohibido o no haya sido autorizado por el titular.
- Solicitar prueba de la autorización otorgada al encargado del tratamiento de los datos, salvo cuando expresamente se exceptúe de acuerdo con lo anteriormente señalado.
- Solicitar información respecto del uso de la entidad que le ha dado a sus datos personales.
- Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La supresión y/o revocatoria procederán cuando la Superintendencia SIC determine que la entidad incurrió en conductas contrarias a la Constitución, la Ley o Tratados internacionales.
- La entidad encargada de atender las quejas por el indebido uso de datos personales le será atendida por la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Acceder en forma gratuita a los datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.
TRAMITE DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS, SOLICITUDES Y DENUNCIAS FRENTE AL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
Los titulares o sus causahabientes, pueden consultar la información que reposa en cualquier base de datos de INVIPASTO, igualmente puede solicitar corrección, actualización o supresión cuando identifican el desconocimiento de principios y deberes que regulan el tratamiento de bases de datos personales.
CONSULTAS:
Los mismos podrán consultar la información que del titular repose en listados y/o bases de datos haciendo uso del enlace https://www.invipasto.gov.co/index.php/es/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/recepcion-pqrds , consulta la cual es atendida en un plazo de 10 días hábiles a partir del recibo de ella. Cuando no sea posible atender la consulta dentro de dicho término se informará a quien la haya solicitado, los motivos de la demora y señalando la fecha en la que será respondida, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días siguientes al vencimiento del primer término.
RECLAMOS:
Igualmente podrán solicitar la corrección, supresión, o actualización de la información contenida en nuestro archivo cuando adviertan el presunto desconocimiento de los principios y deberes regulatorios de datos personales, teniendo en cuenta las siguientes reglas:
- Formulación mediante solicitud dirigida a la entidad por la sede electrónica https://www.invipasto.gov.co/index.php/es/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/recepcion-pqrds, con la identificación del titular, describiendo los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección y anexando los documentos que se quiera tener en cuenta. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del mismo para que subsane las fallas. Si transcurridos dos (2) meses después del requerimiento el peticionario no presenta la información requerida, se entenderá que éste ha desistido del reclamo. En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará al peticionario .
- Después de recibir la petición/reclamo completo, se incluye en la lista o base de datos una leyenda que diga RECLAMO EN TRAMITE y el motivo del mismo hasta 2 días hábiles. La leyenda se mantiene hasta que se solucione el reclamo.
- El tiempo máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles a partir del día siguiente de recibido. Si no es posible atender su reclamo dentro del término, se informará al interesado el motivo y la fecha en que será atendida, la que no puede superar ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
FORMATO DE AUTORIZACION DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES A INVIPASTO
Cumpliendo la Ley 1581 de 2012, por la que se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales, y, de conformidad con lo señalado en el Decreto 1377 de 2013, con la firma de este documento, manifiesto que he sido informado por el Instituto Municipal de la Reforma Urbana y Vivienda de Pasto, INVIPASTO, de:
- Que INVIPASTO actuará como responsable de mi información personal de la cual soy titular y, que conjunta o separadamente podrá recolectar, usar y tratar mis datos personales conforme a la Política de Tratamiento de Datos Personales de INVIPASTO, disponible en la dirección electrónica: (enlace).
- Que me han informado de la finalidad de la recolección de mis datos personales, la cual consiste en : ______________________________________________________________
- Que es de carácter facultativo o voluntario responder preguntas que versen sobre datos sensibles o sobre menores de edad.
- Mis derechos como titular de los datos son los previstos en la Constitución y la ley, especialmente a conocer, actualizar, rectificar y suprimir mi información personal, así como el derecho a revocar el consentimiento otorgado para el tratamiento de datos personales.
- Mis derechos pueden ser ejercidos a través de los canales dispuestos por INVIPASTO, y, observando la política de tratamiento de Datos Personales del Instituto Municipal de la Reforma Urbana y Vivienda de Pasto.
- En el enlace de la página web de INVIPASTO (invipasto.gov.co) en la opción de PQRSD, radicaré cualquier tipo de requerimiento relacionado con el tratamiento de datos personales.
- Que INVIPASTO garantiza la confidencialidad, libertad, seguridad, veracidad, transparencia, acceso y circulación restringida de mis datos y se reservará el derecho de modificar su Política de Tratamiento de Datos Personales en cualquier momento. Cualquier actualización será informado y publicado oportunamente en la página web.
- Por lo anterior expuesto Autorizo de manera voluntaria, previa, explícita, informada e inequívoca a INVIPASTO para tratar mis datos personales y tomar mi huella y fotografía de acuerdo con su Política de Tratamiento de Datos Personales para los fines relacionados con su objeto y en especial para los fines legales, contractuales, misionales descritos en ella.
- Esta información suministrada es verídica y voluntaria.
Dada en la ciudad de _____________________, a los ______ días del mes de _______________de Dos mil ___________.
Firma: ________________________________
Nombre____________________________________________
Identificación:______________________











